Transportes, movilidad y nuevas estrategias regionales en un mundo postcrisis (VIII Congreso de Geografía de los Servicios y VII Congreso del Grupo de Estudios Regionales)
7 noviembre, 2018Estrategias y recomendaciones
13 noviembre, 2018Información institucional
La Geografía está incluida en el Comité Asesor 10, integrado por las disciplinas de Historia, Geografía y Artes, del que forman parte, en calidad de evaluadores, dos miembros de la disciplina.
Este campo es el que mejor se adecua a los trabajos de investigación geográfica, aunque también se puede solicitar la evaluación de la investigación en otros campos afines (Comité Asesor 5 —Ciencias de la Naturaleza—, Comité Asesor 7 —Ciencias de la Educación—, o incluso por el Comité Asesor 8 —Ciencias Económicas y Empresariales—), siempre teniendo en cuenta que en ninguno de estos otros comités hay evaluadores de Geografía.
La preparación de la solicitud de evaluación requiere una dedicación, en general, de varias jornadas en las que el/la solicitante debe seleccionar las cinco aportaciones que considere más relevantes de su actividad investigadora de los seis años sometidos a evaluación, así como argumentar su calidad en función del significado de la aportación y de su originalidad, del índice de impacto del medio de publicación (revista, libro) y de la repercusión que haya podido tener cada trabajo (citas).
En la última convocatoria activa (diciembre 2017), los requisitos que se piden por cada campo de conocimiento de afinidad geográfica, destacando los aspectos más relevantes, son los siguientes:
INFORMACIÓN TOMADA DEL BOE
Comité Asesor 10 (Geografía, Historia y Artes)
Las aportaciones serán valorables si representan avance del conocimiento o innovación de carácter metodológico, y se dará preferencia a los estudios analíticos y comparados frente a los puramente descriptivos. No se considerarán las aportaciones que sean reiteraciones de trabajos previos con los que resulten redundantes conceptual y temáticamente, salvo si contienen elementos innovadores.
Salvo que estuviera plenamente justificado por la complejidad del tema y la extensión del trabajo, un elevado número de autores puede reducir la calificación asignada a una aportación.
En la valoración de los artículos se atenderá al medio de difusión empleado, aceptándose como indicio de calidad la publicación en revistas de reconocida valía. La inclusión de las revistas en bases de datos internacionales se considerará como una referencia de calidad; específicamente las indexadas en las bases de datos de la Web of Science (Arts and Humanities Citation Index, Social Science Citation Index, Science Citation Index, Journal Citation Reports, y Emerging Sources Citation Index) o las que ocupen posiciones relevantes en Scimago Journal Rank, También se tendrán en cuenta como referencia de calidad las revistas incluidas en la International Medieval Bibliography, RILMS Abstracts of Music Literature, etc. Igualmente se podrán considerar otras revistas nacionales e internacionales que pudiendo estar incluidas en diferentes bases de datos presenten a juicio del comité asesor indicios de calidad equiparables y satisfagan los criterios especificados en el apéndice de esta Resolución. Las revistas electrónicas estarán sujetas a los mismos criterios que las demás. La mera indización o indexación de una publicación en un repertorio o una base de datos sin que incluya índices de gradación no es en sí misma un indicio de calidad.
En la valoración de libros y capítulos de libro se considerarán de manera especial el prestigio de la editorial y la existencia de un procedimiento selectivo para la aceptación de originales según sistemas recogidos en el Scholarly Publishers Indicators, y atendiendo particularmente a la posición que ocupe en este ranking. Se tendrán en cuenta también el número y carácter de las citas recibidas, las reseñas y críticas en revistas especializadas, la colección, la traducción a otras lenguas, etc. Con estos indicios de calidad serán evaluados los catálogos monográficos de artista o catálogo razonado que deberán reflejar claramente que son fruto de la investigación o de la reflexión documentada sobre estética o teoría del arte. Asimismo, se tendrán en cuenta estos criterios para la evaluación de las actas de congresos. No serán consideradas como nuevas aportaciones las traducciones de la propia obra a otras lenguas.
A título de orientación, para obtener una evaluación positiva en las áreas relacionadas con la Geografía, se requiere un mínimo de tres artículos en revistas que cumplan los requisitos señalados en el apartado 3, pudiendo ser las otras dos aportaciones libros o capítulos de libros publicados en editoriales con reconocido prestigio, situadas en posiciones relevantes, por ejemplo, en el ranking de Scholarly Publisher Indicators (SPI) para evaluación de editoriales de libros en Humanidades y Ciencias Sociales. La puntuación tendrá en cuenta el cuartil en el que se sitúa la publicación (tanto en el caso de revistas como de editoriales de libros), y el idioma de la aportación, valorando el de mayor difusión en la literatura científica. Así, la mayor puntuación la obtendrán los artículos publicados en revistas internacionales del primer cuartil en JCR Social Sciences Edition o Science Edition. Los factores que podrían reducir la calificación asignada a una aportación son: un elevado número de autores no justificado por la naturaleza y contenidos de la investigación; la publicación en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde el solicitante realiza la investigación; y la publicación recurrente y no justificada de artículos en una misma revista. Se podrá valorar positivamente únicamente una aportación de libros o capítulos de libros publicados por editoriales institucionales (incluidas las de carácter universitario), o de aportaciones vinculadas al mismo organismo donde el solicitante realiza su investigación, siempre que concurran los restantes criterios.
Comité Asesor 5 (Ciencias de la Naturaleza)
El número de autores no será evaluable como tal, pero sí deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
Se valorarán preferentemente los artículos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes del listado correspondiente a su categoría científica en el «Journal Citation Reports (JCR) Science Edition» Las revistas electrónicas se considerarán cuando aparezcan indexadas en el JCR Science Edition. El JCR de referencia para la evaluación será el del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
Los libros y capítulos de libros se considerarán como contribuciones extraordinarias. En su evaluación, si procede, incluyendo como tales las monografías de Flora, Fauna y Mycobiota, se tendrá en cuenta el prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, y las reseñas recibidas en las revistas científicas especializadas, y en todo caso los criterios requeridos en el apéndice de esta Resolución. Para las series de cartografías temáticas se aplicarán criterios semejantes. No se aceptará más de una aportación de este tipo.
Como norma general, para poder alcanzar una evaluación positiva, las aportaciones del currículum vitae abreviado deberán cumplir los criterios descritos en los apartados anteriores.
Con carácter orientador, se considera que para poder lograr una evaluación positiva en las áreas de conocimiento de Ciencias de la Naturaleza se requiere aportar 5 artículos publicados en revistas situadas en el JCR Science Edition, cumpliéndose alguna de las siguientes condiciones:
a) Todos ellos deben estar publicados en revistas situadas, al menos, en el segundo y tercer cuartil (relevancia media pero suficiente),
b) Al menos 3 de los artículos deben estar publicados en revistas de muy alta relevancia (primer decil),
c) Al menos 4 de los artículos deben estar publicados en revistas del primer cuartil (relevancia alta).
Comité Asesor 7 (Ciencias Sociales, Políticas, del Comportamiento y de la Educación)
Entre las aportaciones se valorarán preferentemente:
a) Los artículos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las incluidas en los listados por ámbitos científicos del «Journal Citation Reports (Social Sciences Edition)» y «Journal Citation Reports (Science Edition)» de la «Web of Science».
b) Asimismo (sin que necesariamente se valoren por igual), los artículos publicados en revistas situadas en posiciones relevantes de los listados de Scimago Journal Rank (SJR), y en «Arts and Humanities Citation Index» de la «Web of Science».
c) Se podrán valorar también, pero nunca del mismo modo, revistas cuya inclusión en bases de datos especializadas constituya, a juicio del Comité asesor, un claro indicio de calidad. En todo caso, la mera indización o indexación de una publicación en una base de datos sin que incluya índices de gradación no es en sí misma un indicio de calidad.
d) Las revistas electrónicas estarán sujetas a los mismos criterios que las demás.
e) Libros y capítulos de libro, especialmente los publicados en editoriales de reconocido prestigio y con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales (según sistemas recogidos en el Scholarly Publishers Indicators), y que se sitúen en su primer cuartil para las editoriales españolas o en el primero y el segundo para las extranjeras. Se tendrán en cuenta también el número y carácter de las citas recibidas, las reseñas y críticas en revistas especializadas, la colección y la traducción a otras lenguas. En todo caso, el contenido de las aportaciones publicadas en este formato deberá corresponder claramente a resultados de investigación.
Se valorará desfavorablemente la reiterada publicación de trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde el solicitante realiza su investigación, así como que las distintas aportaciones se dupliquen o resulten iterativas sin efectiva innovación. También se valorará desfavorablemente el que más de una contribución forme parte de un mismo libro o número de revista. Igualmente, cuando el trabajo muestre un nivel alto de autocitas.
Para poder alcanzar una evaluación positiva, las cinco aportaciones del currículum vitae abreviado deberán responder a los requisitos especificados en los apartados anteriores.
Aplicando lo anterior, no se tomarán en consideración:
a) Los libros de texto o manuales.
b) Las obras de divulgación.
c) Las enciclopedias (entradas o edición).
d) Las actas de congresos, ya sean publicadas en libro o en revistas como proceedings.
Campo 8. (Ciencias Económicas y Empresariales)
Salvo que estuviera plenamente justificado por la complejidad del tema y la extensión del trabajo, un elevado número de autores puede reducir la calificación asignada a una aportación.
3. Entre las aportaciones se valorarán preferentemente:
a) Los trabajos publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Subject Category Listing» del Journal Citation Reports (JCR) Social Sciences Edition y JCR Science Edition del Web of Science, así como en Scimago Journal Rank. Las revistas electrónicas se considerarán cuando aparezcan indexadas en el JCR Social Science o bien en el JCR Science Edition, así como en el Scimago Journal Rank. El JCR de referencia para la evaluación será el año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
b) También (sin que necesariamente se valoren por igual) se considerarán artículos publicados en revistas que ocupen posiciones relevantes en otras bases de datos internacionales de referencia siempre que, a juicio del comité asesor, cuenten con una calidad científica similar a las incluidas en los índices mencionados en 3.a) y satisfagan los criterios que se especifican en el apéndice de esta Resolución.
c) Las revistas electrónicas estarán sujetas a los mismos criterios que las demás.
d) Si procede, libros y capítulos de libro, especialmente los publicados en editoriales de reconocido prestigio y con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales según sistemas recogidos en el Scholarly Publishers Indicators (SPI), y que se sitúen en su primer cuartil para las editoriales españolas o en el primero y el segundo para las extranjeras. Se tendrán en cuenta también el número y carácter de las citas recibidas, las reseñas y críticas en revistas especializadas, la colección, la traducción a otras lenguas, etc.
e) Las patentes en explotación, demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia, y las patentes concedidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas mediante el sistema de examen previo. Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional), valorándose más la de protección más extensa.
4. Se valorará desfavorablemente la reiterada publicación de trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde el solicitante realiza su investigación. Podrá valorarse desfavorablemente la frecuente publicación de artículos en la misma revista cuando ésta no sea de reconocido prestigio. Cuando dos o más aportaciones correspondan a un mismo trabajo, es decir alguna o algunas sean versión traducida, reproducida o levemente modificada de otro anterior, sólo se calificará la que sea primera en el tiempo, no otorgándose puntuación alguna a las ulteriores.
5. Como norma general, para obtener una evaluación positiva, las cinco aportaciones del currículum vitae abreviado deberán cumplir las condiciones precedentes.
6. A título orientativo se considera que para poder alcanzar una evaluación positiva en las áreas de Ciencias Económicas y Empresariales se deben cumplir alguna de las siguientes condiciones:
a) Que las cinco aportaciones sean artículos publicados en revistas que ocupen posiciones relevantes en los listados mencionados en el apartado 3a).
b) Que al menos dos de las cinco aportaciones sean artículos publicados en revistas de relevancia significativa dentro de las áreas del Campo 8 recogidas en el JCR Social Sciences Edition o JCR Science Edition. El resto de las aportaciones podrán ser aquellas que cumplan los criterios recogidos en el apartado 3.
En todos los casos, se valorarán los indicios disponibles sobre las citas recibidas por cada aportación concreta, utilizando el índice de impacto de la revista como una referencia de carácter general.